
Ciudad de México, 28 de noviembre de 2025. Luego de la renuncia de Alejandro Gertz Manero, la Cámara de Senadores aprobó la convocatoria y el procedimiento para designar a la persona que encabezará la Fiscalía General de la República (FGR),. El acuerdo fue presentado ante el Pleno por la Junta de Coordinación Política (Jucopo), que delineó los plazos constitucionales para la sucesión.
Requisitos constitucionales para ocupar la Fiscalía
De acuerdo con el artículo 76, fracción XIII, de la Constitución, el Senado tiene la facultad exclusiva para integrar la lista de candidaturas y realizar la designación.
El artículo 102, apartado A, establece los requisitos para ocupar la titularidad de la FGR:
- Ser mexicano por nacimiento.
- Tener al menos 35 años cumplidos al momento del nombramiento.
- Contar con título de licenciatura en Derecho con una antigüedad mínima de 10 años.
- Gozar de buena reputación.
- No haber sido condenado por delito doloso.
Plazos y ruta para la designación
Con la salida definitiva del fiscal, el Senado dispone de 20 días para aprobar una lista de al menos 10 personascandidatas. Una vez remitida al Ejecutivo Federal, la titular del gobierno contará con 10 días para devolver una ternaelaborada con base en la lista.
Si la lista no se envía dentro del plazo, el Ejecutivo podrá remitir libremente una terna. Y si el Ejecutivo no cumple su tiempo límite, el Senado podrá elegir al Fiscal de entre la lista previamente aprobada.
La designación final debe realizarse por el voto de las dos terceras partes de las y los legisladores presentes. En caso de que el Senado no concrete la elección en el periodo correspondiente, el Ejecutivo podrá nombrar al titular entre las candidaturas validadas.
El acuerdo precisa que la selección deberá cumplir con el principio de paridad, conforme al artículo 41 constitucional y a la Ley de la Fiscalía General de la República.
Convocatoria pública: fechas y requisitos
La convocatoria establece que las solicitudes se recibirán a través del portal oficial www.senado.gob.mx, desde las 13:00 horas del viernes 28 de noviembre de 2025 hasta las 13:00 horas del domingo 30 de noviembre de 2025.
Las personas aspirantes deberán entregar:
- Solicitud firmada con manifestación expresa de participación.
- Currículum vitae con fotografía.
- Declaración, bajo protesta de decir verdad, de no haber sido condenadas por delito doloso.
- Declaración, bajo protesta de decir verdad, de no estar inhabilitadas para ejercer cargos públicos.
- En su caso, carta de respaldo de universidades, institutos de investigación u organizaciones civiles.
- Ensayo de máximo 10 cuartillas, en letra Arial 12 e interlineado sencillo.
- Acta de nacimiento, credencial del INE, título profesional de Derecho con antigüedad mínima de 10 años, cédula profesional y documentos probatorios del currículum.
Verificación y votación inicial en el Senado
La Jucopo verificará los expedientes el martes 2 de diciembre de 2025, fecha en la que se seleccionará a al menos 10 personas candidatas. La lista será sometida al Pleno ese mismo día.
Si la lista no reúne la mayoría calificada, se realizará una segunda votación inmediata. De persistir la falta de consenso, la Jucopo formulará una nueva propuesta que será votada en la misma sesión. Una vez aprobada, se enviará al Ejecutivo para continuar el proceso constitucional.
Comparecencias y votación de la terna
Cuando el Ejecutivo remita la terna, las personas propuestas comparecerán ante el Pleno en orden alfabético, cada una con un máximo de 20 minutos para exponer su proyecto. No se permitirán preguntas ni intervenciones.
Concluidas las tres exposiciones, el Senado discutirá y realizará la votación mediante cédula. La persona que resulte elegida rendirá protesta en la misma sesión.
Publicación y difusión de la convocatoria
La convocatoria se publicará en el Diario Oficial de la Federación, en la Gaceta del Senado y en la página oficial de la Cámara. Además, será difundida a través de las plataformas digitales del Senado.
El Canal del Congreso transmitirá los contenidos relacionados y el sistema electrónico de registro integrará el Aviso de Privacidad correspondiente.

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