Cámara de Diputados aprueba tipificar el acecho como delito federal; avanza la “Ley Valeria”

  • Reforma al Código Penal Federal contempla prisión de hasta dos años y agravantes en casos de violencia de género

Ciudad de México, 20 de febrero de 2026. — El Pleno de la Cámara de Diputados aprobó por unanimidad la creación del delito de acecho en el Código Penal Federal, una reforma conocida como “Ley Valeria”, con la que se busca sancionar conductas reiteradas de persecución y hostigamiento que afectan la seguridad y estabilidad emocional de las víctimas.

El dictamen, avalado con 440 votos a favor, fue turnado al Senado de la República para su análisis y eventual ratificación.

¿Cómo se define el delito de acecho?

La reforma incorpora el Artículo 259 Ter al Código Penal Federal. El texto establece que incurre en acecho quien, en dos o más ocasiones, realice actos de vigilancia, persecución o contacto no deseado que generen en la víctima temor, angustia o alteraciones graves en su vida cotidiana.

El delito se configura cuando estas conductas obligan a la persona afectada a modificar rutinas, cambiar de domicilio, empleo, rutas de traslado o incluso abandonar redes sociales.

Sanciones aprobadas

  • Prisión de seis meses a dos años.
  • Multas de 300 a 500 Unidades de Medida y Actualización (UMA).
  • Incremento de hasta 50% de la pena cuando la víctima sea menor de edad, mujer, persona con discapacidad o adulto mayor.
  • Agravantes si el responsable es servidor público o utiliza armas.

“Ley Valeria”: el antecedente del caso

La iniciativa toma su nombre de Valeria Macías, joven que denunció durante años actos de persecución sistemática sin que existiera una figura penal que permitiera actuar con anticipación.

Legisladores señalaron durante la discusión que el acecho constituye un patrón previo en múltiples casos de violencia extrema. Datos citados en tribuna indican que en ocho de cada diez casos de violencia grave existieron antecedentes de vigilancia o hostigamiento.

Estado de México, antecedente en la tipificación

En el Estado de México, el acecho ya se encontraba tipificado desde junio de 2025, con penas que pueden alcanzar hasta seis años y ocho meses de prisión bajo ciertas agravantes.

La reforma federal permitirá homologar criterios en las entidades y facultar la intervención de la Guardia Nacional o de la Fiscalía General de la República en casos que trasciendan el ámbito estatal o incluyan modalidades digitales, como el ciberacecho.

Próximos pasos legislativos

El proyecto será analizado en comisiones del Senado. En caso de recibir el aval correspondiente, la reforma se enviará al Ejecutivo federal para su publicación en el Diario Oficial de la Federación.

Con esta modificación, el Congreso incorpora al marco penal federal una figura que busca atender de forma anticipada conductas persistentes de hostigamiento y reforzar los mecanismos de protección para las víctimas en todo el país.

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