Edomex actualiza reglas de “Jóvenes con Bienestar”; otorgará apoyo único de 6 mil pesos a jóvenes en pobreza

Toluca, Estado de México, 27 de febrero de 2026. El Gobierno del Estado de México publicó las modificaciones a las Reglas de Operación del programa social “Jóvenes con Bienestar”, dirigido a personas de 18 a 29 años en situación de pobreza y con rezago educativo, con el propósito de que inicien, continúen o concluyan su educación obligatoria.

El programa es emitido por el Instituto Mexiquense de la Juventud (IMEJ), adscrito a la Secretaría de Bienestar del Estado de México, y tendrá cobertura en los 125 municipios de la entidad.

Objetivo: reducir rezago educativo en jóvenes

De acuerdo con el documento oficial, el eje central del programa consiste en disminuir el rezago educativo entre la población joven mexiquense, mediante apoyos económicos y servicios de vinculación académica.

La estrategia contempla que las personas beneficiarias puedan acreditar primaria, secundaria o media superior, según su situación escolar.

Apoyo económico: pago único de 6 mil pesos

El componente monetario del programa consiste en una transferencia única de 6,000 pesos, sujeta a la disponibilidad presupuestal del ejercicio fiscal.

El recurso se entrega en una sola exhibición a través de la Tarjeta “Jóvenes con Bienestar”. El presupuesto es 100% estatal y debe ser autorizado y comprobado ante la Secretaría de Finanzas.

Además del apoyo económico, el esquema contempla:

  • Vinculación con instituciones públicas educativas para acreditar estudios.
  • Servicios complementarios de bienestar que determine el Comité del programa.

Los servicios son gratuitos, salvo posibles comisiones bancarias relacionadas con la cuenta.

Población objetivo y universo estimado

El programa está dirigido a jóvenes de 18 a 29 años, residentes en el Estado de México, que:

  • Se encuentren en condición de pobreza.
  • No hayan concluido su educación obligatoria.

Las reglas se sustentan en datos de la Medición Multidimensional de la Pobreza 2024 del Instituto Nacional de Estadística y Geografía (INEGI) y estimaciones del Consejo de Investigación y Evaluación de la Política Social (CIEPS).

Entre las cifras destacadas:

  • 5,530,396 personas viven en situación de pobreza en el Estado de México.
  • 1,075,653 jóvenes de 18 a 29 años están en pobreza.
  • 330,722 jóvenes enfrentan de forma simultánea pobreza y rezago educativo, universo considerado como población potencial prioritaria.

¿Cómo se define el rezago educativo?

Las reglas establecen criterios diferenciados según edad y año de nacimiento:

  • Personas de 22 años o más (nacidas desde 1998): no haber concluido la media superior.
  • Personas de 16 años o más (nacidas entre 1982 y 1997): no contar con secundaria terminada, nivel obligatorio vigente en su momento.

Requisitos y proceso de registro

Las personas solicitantes deberán acreditar:

  • Nacionalidad mexicana.
  • Residencia en el Estado de México.
  • Edad entre 18 y 29 años.
  • Condición de pobreza.
  • Educación obligatoria trunca.

Documentación requerida:

  • Acta de nacimiento.
  • Identificación oficial vigente.
  • CURP.
  • Comprobante de domicilio.
  • Formato Único de Bienestar.
  • Carta compromiso de seguimiento educativo.

El registro consta de dos etapas:

  1. Pre-registro en línea en el portal oficial del IMEJ.
  2. Registro presencial en módulos designados, con entrega de documentos originales para cotejo.

Grupos con prioridad

El programa establece criterios de priorización para once grupos en situación de vulnerabilidad, entre ellos:

  • Madres o padres solteros.
  • Personas indígenas o afromexicanas.
  • Población LGBTTTIQ+.
  • Residentes en localidades de alta o muy alta marginación.
  • Personas con discapacidad o enfermedades crónico-degenerativas.
  • Víctimas de delito y personas repatriadas.

El Comité podrá definir otros supuestos de atención preferente.

Marco legal y vigencia

Las modificaciones entraron en vigor el 27 de febrero de 2026 y sustituyen las reglas publicadas el 17 de febrero de 2025.

El programa se fundamenta en el Artículo 3° de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, el Artículo 78 de la Constitución del Estado de México y la Ley de Bienestar y Desarrollo Social estatal.

El IMEJ funge como instancia responsable, mientras que la Subdirección de Bienestar y Recreación Juvenil actúa como instancia ejecutora.

Alineación con Agenda 2030

El documento señala que el programa busca alinearse con los Objetivos de Desarrollo Sostenible (ODS) de la Agenda 2030, en particular aquellos relacionados con fin de la pobreza y educación de calidad.

Con estas modificaciones, el gobierno estatal actualiza los lineamientos operativos de “Jóvenes con Bienestar” y redefine su universo de atención, montos y criterios de selección para el ejercicio fiscal 2026.

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