Estado de México mantiene corridas de toros, peleas de gallos y charrería pese a nueva Ley de Bienestar Animal

Foto: David Villanueva
  • La legislación reconoce a los animales como seres sintientes y endurece las medidas contra el maltrato, pero deja fuera de las prohibiciones a la tauromaquia, los jaripeos y las peleas de gallos

Toluca, Estado de México, 17 de junio de 2026.- La nueva Ley de Protección, Cuidado y Bienestar Animal del Estado de México, considerada una de las reformas más amplias en la materia en el país, mantuvo vigentes las corridas de toros, las novilladas, las peleas de gallos, los jaripeos y las actividades de charrería, pese a que la propia legislación reconoce por primera vez a los animales como seres vivos sintientes y establece sanciones contra actos de crueldad y maltrato.

El Decreto 333, publicado el 16 de junio de 2026 en la Gaceta del Gobierno del Estado de México, expide una nueva ley especializada y modifica diversos ordenamientos estatales, entre ellos el Código Penal, el Código Civil, la Ley Orgánica Municipal y la Ley de Justicia Cívica.

La excepción para la tauromaquia y las peleas de gallos

Aunque el nuevo marco jurídico prohíbe la organización de peleas entre animales, la venta de animales en la vía pública, el uso de animales en espectáculos violentos y diversos actos considerados como crueldad, el artículo 41 establece una excepción expresa para determinadas actividades tradicionales.

La disposición señala que quedan excluidos de las prohibiciones contenidas en los artículos 39 y 40 los animales destinados a:

  • Lidia de toros, novillos y becerros.
  • Peleas de gallos.
  • Charrería.
  • Jaripeos.

La norma establece que dichas actividades podrán realizarse siempre que cuenten con autorización y se sujeten a las disposiciones legales aplicables.

Con ello, las corridas de toros y las peleas de gallos continúan siendo legales en territorio mexiquense.

La ley reconoce a los animales como seres sintientes

La legislación establece que los animales son seres vivos con capacidad de sentir y dispone que las autoridades y la sociedad deben garantizarles condiciones de bienestar y evitarles sufrimiento innecesario.

Además, considera que todo acto que implique la muerte injustificada de un animal constituye una afectación al medio ambiente.

La nueva ley sustituye al Libro Sexto del Código para la Biodiversidad y se integra por 18 capítulos, además de definir más de 40 conceptos relacionados con protección y bienestar animal.

Prohíben peleas de perros y otros espectáculos con animales

El artículo 40 prohíbe expresamente:

  • Organizar peleas entre animales.
  • Facilitar inmuebles para esos eventos.
  • Participar en dichas actividades.
  • Adiestrar animales para incrementar su agresividad.
  • Suministrarles alcohol o sustancias tóxicas.
  • Utilizar animales en rifas o sorteos.
  • Comercializarlos en supermercados y tiendas departamentales.

Sin embargo, la misma disposición precisa que la prohibición aplica a las especies que no estén exceptuadas por la propia ley.

En consecuencia, las peleas de perros y entre mamíferos permanecen prohibidas, mientras que las peleas de gallos conservan una excepción legal.

Una contradicción dentro de la propia reforma

Uno de los aspectos que ha llamado la atención es que la exposición de motivos del proyecto legislativo incluye argumentos críticos hacia la tauromaquia.

El documento describe las lesiones que sufren los toros durante una corrida y sostiene que las disposiciones vigentes habían impedido sancionar esos actos.

Incluso refiere daños ocasionados por lanzas, banderillas y estocadas, además de hemorragias y sufrimiento prolongado del animal.

Pese a ello, el texto aprobado por la LXII Legislatura del Estado de México mantuvo las excepciones para la tauromaquia y las peleas de gallos.

Una reforma de gran alcance

El Decreto 333 representa una de las reformas más profundas en materia de protección animal en la entidad.

La nueva legislación:

  • Reconoce a los animales como seres sintientes.
  • Crea el Registro Único de Animales de Compañía.
  • Establece una Clave Única de Identificación para mascotas.
  • Crea un Fondo para la Protección Animal.
  • Fortalece las atribuciones de la Fiscalía General de Justicia del Estado de México para investigar delitos de maltrato.
  • Obliga a los municipios a contar con centros de control y bienestar animal.
  • Prohíbe diversas prácticas consideradas como actos de crueldad.

No obstante, la permanencia de las corridas de toros, las charreadas, los jaripeos y las peleas de gallos coloca a estas actividades como uno de los principales puntos de debate dentro del nuevo modelo de protección animal impulsado en el Estado de México.

Sumario

La nueva Ley de Protección, Cuidado y Bienestar Animal del Estado de México reconoce a los animales como seres sintientes y endurece las sanciones por maltrato; sin embargo, mantiene excepciones para las corridas de toros, las peleas de gallos, la charrería y los jaripeos, actividades que seguirán permitidas en la entidad.

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