
Ciudad de México, 30 de octubre de 2025. A través de un comunicado, la Secretaría de Infraestructura, Comunicaciones y Transportes (SICT) informó que los servicios de transporte de pasajeros ofrecidos a través de plataformas digitales, como Uber, Didi o Cabify, no cuentan con autorización federal para realizar traslados hacia o desde los aeropuertos del país.
De acuerdo con la dependencia, la Dirección General de Autotransporte Federal (DGAF) es la encargada de otorgar los permisos correspondientes a los servicios de transportación, los cuales —señaló— no han sido expedidos a las empresas de aplicación, por lo que no están regulados dentro del marco del autotransporte federal.
Uber obtiene suspensión judicial, pero sin permiso de operación
La SICT precisó que la empresa Uber promovió un amparo contra los operativos de la Guardia Nacional realizados en diversos aeropuertos del país, al considerar que las revisiones eran arbitrarias y discriminatorias.
El Juzgado Décimo Tercero en Materia Administrativa de la Ciudad de México otorgó una suspensión provisional, la cual no representa una autorización para prestar el servicio, sino que ordena a las autoridades federales a conducir los operativos conforme a la ley.
Según la resolución, las revisiones deberán realizarse bajo los lineamientos de la Ley de Caminos, Puentes y Autotransporte Federal y su reglamento, con el fin de evitar abusos o excesos de autoridad.
Usuarios deberán optar por transporte autorizado
La Secretaría recordó a los viajeros que los únicos servicios permitidos para la transportación de pasajeros en aeropuertos son los taxis concesionados, los servicios turísticos y los autobuses con rutas autorizadas hacia puntos específicos.
La autoridad federal reiteró que no se busca restringir la movilidad, sino garantizar que el transporte de pasajeros se realice bajo normas de seguridad y competencia legal, en beneficio de los usuarios y de los prestadores de servicios que cumplen con la regulación vigente.

+ There are no comments
Add yours