Congreso del Edomex aprueba tipificar la violencia vicaria; penas de hasta ocho años de prisión

Toluca, Estado de México, 3 de marzo de 2026. Las comisiones unidas del Congreso mexiquense aprobaron un dictamen para tipificar la violencia vicaria como delito en la entidad y establecer penas de cuatro a ocho años de prisión, además de sanciones económicas y la posible pérdida de la patria potestad para quien incurra en esta conducta.

El proyecto reforma el Código Penal, el Código Civil y la Ley de Acceso de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia del Estado de México, y será turnado al pleno para su discusión.


¿Qué es la violencia vicaria?

De acuerdo con el dictamen, el delito se configura cuando un hombre, con la intención de dañar a una mujer con quien mantiene o mantuvo matrimonio, concubinato o relación de hecho, dirige actos u omisiones contra sus hijas, hijos, familiares o personas allegadas.

La conducta incluye:

  • Amenazar con causar daño a hijas o hijos.
  • Ocultar, retener o sustraer a menores fuera de su domicilio habitual.
  • Utilizar a hijas e hijos para obtener información sobre la madre.
  • Promover actos de violencia física o psicológica que afecten el vínculo materno-filial.
  • Interponer acciones legales con hechos falsos para obtener guarda y custodia.
  • Condicionar el cumplimiento de obligaciones alimentarias.

Las sanciones contemplan hasta mil 500 días multa y la obligación de recibir tratamiento psicológico, psicoterapéutico, psiquiátrico o reeducativo.


Reformas al Código Civil

El dictamen incorpora la violencia vicaria como forma análoga de violencia familiar que puede atentar contra la dignidad, libertad e integridad de integrantes del grupo familiar.

También establece que:

  • La convivencia se suspenderá si se acredita cualquier modalidad de violencia contra mujeres o menores.
  • La patria potestad podrá limitarse o perderse por castigo corporal, abandono de deberes alimentarios o conductas violentas.
  • La recuperación de la patria potestad requerirá valoraciones psicológicas y de trabajo social favorables, además de autorización judicial.

En casos donde menores sean recibidos en centros de asistencia social, los responsables deberán notificar al Ministerio Público y a quien ejerza la patria potestad que no esté señalado como responsable.


Debate legislativo

El dictamen integró cinco iniciativas presentadas por legisladoras y legisladores de morena, PVEM, PAN y PRD. Durante la discusión, la diputada Miriam Silva Mata (PVEM) propuso ampliar la definición para incluir de forma expresa el aspecto patrimonial; la propuesta no fue incorporada al documento final.

La sesión fue encabezada por la diputada Ruth Salinas Reyes (MC), con respaldo de diputadas y diputados de distintas bancadas, quienes señalaron que la reforma busca ofrecer herramientas jurídicas para la protección de mujeres y menores.


Medidas preventivas y papel del Ministerio Público

Las modificaciones obligan al Ministerio Público a:

  • Exhortar a la persona imputada a abstenerse de conductas ofensivas.
  • Dictar medidas preventivas y solicitar órdenes de protección.
  • Gestionar acciones precautorias para salvaguardar la integridad física y psicológica de las víctimas.

Participación de colectivos

Durante la reunión intervino Jennifer Seifert, en representación del Frente Nacional contra la Violencia Vicaria, quien solicitó que esta conducta se reconozca explícitamente como violencia de género y se acompañe de medidas especiales y temporales de protección.


Próximo paso

El dictamen deberá someterse a votación del pleno legislativo. De aprobarse, el Estado de México se sumaría a las entidades que han incorporado la violencia vicaria como delito específico en su marco jurídico, con sanciones penales y consecuencias en materia civil.

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